Balance Inicial de Liquidación

Con objeto de que los liquidadores se hagan cargo de la empresa, es aconsejable la práctica de recuentos físicos e inventarios minuciosos de todos los derechos y bienes del negocio integrantes del activo, al mismo tiempo que se cuantifican en la forma más exacta posible las obligaciones de la sociedad.

Con todos estos elementos se registran en libros los ajustes necesarios, cancelándose además contra las correspondientes cuentas de activo, las depreciaciones y amortizaciones acumuladas para obtener el balance inicial de liquidación, que sólo difiere de un balance general en el sentido de que ya no figuran las depreciaciones y amortizaciones, sino los importes netos de los activos que complementaban.

Registro de las Operaciones de la Liquidación

La realización del activo y el pago del pasivo se reflejan en la contabilidad mediante los asientos necesarios, y la utilidad o pérdida que resulte debe registrarse cargando o acreditando a la cuenta de resultados en liquidación, según proceda.

Los gastos propios de la liquidación como remuneraciones de los liquida-dores, sueldos del personal, honorarios de abogados, auditores, peritos valuadores, y gastos generales propiamente dichos como rentas, papelería, etc., se contabilizan en una cuenta que puede denominarse «gastos de liquidación», con su correspondiente detalle por subcuentas.

Estado de Resultados en Liquidación

Para mostrar el resultado de la liquidación se prepara un estado que se conoce como de resultados en liquidación y que algunos tratadistas también denominan estado de realización y liquidación.

Cualquiera que sea el título que se le asigne, este estado debe mostrar las operaciones en que hubo utilidad y aquellas que originaron pérdidas, así como el monto de los gastos de liquidación, a fin de llegar al resultado neto de la liquidación.

Balance Final de Liquidación

Este estado financiero, como su título lo indica, debe mostrar como activo los recursos provenientes de la liquidación y aquellos bienes que, en su caso, se hayan reservado los socios para distribuirlos entre ellos, y como pasivo el haber social a favor de los propios socios.

Tratándose de sociedades Colectiva, en Comandita y de Responsabilidad Limitada, dado que la cantidad de socios es reducida, en el propio balance final de liquidación o en un anexo que lo complemente figurará la cantidad que del haber soci al toca a cada uno de ellos.

En el caso de Sociedades Anónimas, debe indicarse en el propio balance por medio de una nota, la cantidad que por liquidación corresponde a cada una de las acciones.

Fuente: Apuntes de Contabilidad de sociedades de la Unideg