Tratados de Madrid (Regulación de Registro de Marcas)

Este arreglo de Madrid está administrado por la Oficina Internacional de la OMPI, con sede en Ginebra, Suiza y se rigen en virtud del arreglo de Madrid de 1891 y del Protocolo de Madrid de 1989.

El sistema de Madrid ofrece al propietario de una marca la posibilidad de protegerla en los países de la Unión mediante una solución única.

Este procedimiento tiene la misma validez que si el solicitante del registro de la marca lo hubiera hecho en cada uno de los países de la Unión, es decir, si la oficina de marcas de un país designado no denegara la protección en un plazo determinado, la marca goza de la misma protección que si hubiese sido gestionada en cada oficina de marcas de los países de la Unión.

Este sistema sirve también como un gran simplificador de gestiones administrativas, ya que con un solo trámite puedes hacer valer tu marca en todos los países miembros de la Unión, aunque desafortunadamente para nosotros, México no se encuentra entre ellos.

Fuente: Apuntes de Derecho informático de la FCA de la UNAM