El aval

Será aquella persona física o moral que ofrece su respaldo a la operación crediticia. Generalmente, se solicita la firma de aval del principal o principales accionistas o de quien o quienes están involucrados en la operación y/o administración de la empresa.

Cuando el aval sea persona Física, deberá presentar su relación patrimonial, y cuando se trate de una persona moral, en su Acta Constitutiva deberá existir la facultad para poder avalar operaciones crediticias, además de proporcionar:

  • ŸEscritura constitutiva, con datos del R.P.P. y C.;
  • ŸEscritura de poderes;
  • ŸActa de facultades para otorgar avales;
  • ŸLibro de actas;
  • ŸInformación financiera con una antigüedad no mayor de 3 meses, relaciones analíticas de sus principales cuentas y copia de la documentación de pasivos de largo plazo en su caso;
  • ŸLa solicitud deberá estar firmada por el presidente del consejo de Administración o persona facultada para ello.

Fuente: Secretaria de Economía de México