Liberación de exhibiciones no realizadas

En este caso se trata de reducir el capital social mediante la liberación a los accionistas de exhibiciones de capital que aún no se efectúan. Las exhibiciones pendientes constituyen compromisos formales, a cargo de los socios, de aportar capital en los términos y plazos estipulados en las acciones o en los certificados provisionales de éstas, o bien, cuando el Consejo de Administración o la Asamblea lo acuerdan.

En consecuencia habrá que cancelar total o parcialm ente las exhibiciones aún no realizadas, para lo cual se requiere cumplir con los requisitos que se señalan al referimos a la reducción del capital para absorber pérdidas, y además publicar por tres veces en el periódico oficial de la entidad federativa en la que tenga su domicilio la sociedad, el aviso correspondiente con intervalos de 10 días (Art. 9o. de la Ley 2o. párrafo).

Contablemente, el asiento que se corre es cargo a «Capital Social» con abono a «Accionistas». Esta reducción casi siempre se representa mediante la disminución de la expresión nominal de las acciones; sin embargo, si es posible, y práctico, también puede reducirse el número de acciones.

Como esta reducción del capital no implica disminución de recursos, puesto que no hay salida de efectivo ni se entregan bienes a los accionistas, el capital de trabajo o sea el capital en funciones de lucro continúa exacta-mente igual, por lo que, en el aspecto financiero no hay cambio alguno. Simplemente se cancelan compromisos a cargo de los accionistas mediante el cumplimiento de los requisitos que la ley señala.
Reducción del capital para constituir el superávit pagado

Este caso, que es más teórico que real, y no hay nada más que mencionar que la reducción del capital social implica el retiro de la circulación de cierto número de acciones, o bien la disminución de la expresión nominal de las acciones.

Aumentos de capital

Los aumentos de capital pueden clasificarse como sigue:

1. Capitalización del superávit.
2. Aumento de los medios de acción.
2.1 Aumento del capital en firme, suscrito por los mismos socios.
2.2 Aumento de capital en firme, suscrito por nuevos socios.
2.3 Aumento de capital no en firme.

Fuente: Apuntes de Contabilidad de sociedades de la Unideg