Tipo fijo

El procedimiento de tipo fijo tiene tres variantes, que son:

Tipo fijo con cuenta complementaria de resultados.
Tipo fijo con cuenta complementaria de balance.
Tipo fijo con cuenta complementaria de balance al 1 x 1.

El procedimiento de tipo fijo, en todas sus variantes, consiste en abonar o cargar la cuenta de Proveedores extranjeros a un tipo fijo arbitrario, previamente establecido, y en registrar la diferencia entre los tipos fijo y real en una cuenta complementaria.

El procedimiento de tipo fijo es conveniente implantarlo cuando las variaciones o fluctuaciones no sean fuertes o bruscas ni frecuentes, o sea cuando la moneda extranjera guarda con relación a la moneda nacional cierta estabilidad.

El tipo fijo que se establece, para hacer los abonos y cargos a la cuenta de Proveedores extranjeros, por las compras, remesas de dinero, devoluciones sobre compras, etc., debe ser una cantidad cerrada, con objeto de facilitar el cálculo de las equivalencias; y, lo más apegada posible al tipo real, con el fin de que el saldo de la cuenta de Proveedores extranjeros coincida, en gran parte, con el pasivo real.

En el procedimiento de tipo fijo, la cuenta v las subcuentas de proveedores extranjeros únicamente deben contener columnas para movimiento y saldo en moneda nacional, no así para movimiento y saldo en moneda extranjera, ya que, para determinar este último, basta dividir el saldo en moneda nacional entre el tipo fijo establecido.

Saldo en moneda nacional

Por consecuencia de lo expuesto anteriormente, el procedimiento fijo tiene la ventaja, con respecto al tipo variable, de que la cuenta y las subcuentas únicamente se llevan en moneda nacional, lo cual representa, indudablemente, un gran ahorro de tiempo y trabajo.

El procedimiento de tipo fijo tiene el inconveniente de que, en cada operación de compra, remesa de dinero, etc., hay que determinar la diferencia entre los tipos de cambio fijo y real; operación que no se efectúa en el procedimiento de tipo variable, ya que en él las operaciones se registran al tipo real, o sea al tipo del día en que se hacen.

Como ya se indicó en un principio, la diferencia entre los tipos de cambio fijo y real se debe registrar en una cuenta complementaria de resultados, o en una cuenta complementaria de balance, según el procedimiento que se siga.

Fuente: Apuntes de Contabilidad II de la Unideg