Contrato de prestación de servicios

Se incluye en las prestaciones de servicios; al análisis informático, especificaciones, horas máquina, programas llamados contratos de arrendamiento de servicios. El arrendamiento de servicios se da cuando una parte se obliga con la otra a prestarle unos determinados servicios, con independencia del resultado que se obtenga, mediante un pago periódico y por un tiempo determinado.

En el mercado informático de México hay servicios así: auxilio hotline, educación y capacitación de usuarios, entrada a Internet, alojamiento (hosting) y elaboración de páginas web, propaganda y publicidad en Internet (banners publicitarios), asesoría, auditoría informática, vinculación de tecnología o know-how.

Se agregan los contratos de bases de datos como: compra venta de bases de datos y suministración de información según dicho autor.

La prestación de servicios informáticos también comprende en México las obras o tareas determinadas que se realizan en favor de un usuario por un experto o técnico o profesional, con equipo computacional y todo tipo de tecnología informática, mediante un pago único o periódico, por un tiempo determinado, según expresa el Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 2606: “El que presta y el que recibe los servicios profesionales pueden fijar, de común acuerdo, retribución debida de ellos.”

Y dice el artículo 2615 del mismo ordenamiento lo siguiente:

El que preste servicios profesionales sólo es responsable hacia las personas a quienes sirve, por negligencia, impericia o dolo, sin prejuicio de las penas que merezcan en caso de delito

Así, el contrato de servicios profesionales lo presta un experto llamado proveedor y el cliente o usuario o prestatario es el que paga por el servicio. El proveedor se denomina en los contratos como prestador de servicios, y se obliga a hacer y dar una prestación al cliente o usuario.

Este tipo de contrato es bilateral, oneroso, conmutativo, formal, consensual y de tracto sucesivo. Es un contrato de servicios como: consultoría, diseño de sistemas informáticos, reparación de equipo, seguridad contra virus, Hacking (pirateo de información) y Cracking, programas espías; resguardo y captura de bases de datos. Ventas de bases de datos, construcción de equipo y software, etc.

Fuente: Apuntes de Derecho informático de la FCA de la UNAM