Constitución de 1917

La Revolución Mexicana de 1910, reanudada en 1913, es el antecedente histórico inmediato de la Carta Magna vigente, promulgada el 5 de febrero de 1917 en la ciudad de Querétaro. Venustiano Carranza convocó al Congreso Constituyente en septiembre de 1916, por lo que el 21 de noviembre del mismo año la asamblea se instaló en Querétaro; el 30 eligió mesa directiva y él 10. de diciembre Carranza entregó el proyecto de carta reformada, por lo que el día 6 se designó la comisión de Constitución.

El 31 de enero de 1917 se firmó la Constitución y rindieron la protesta de guardarla los diputados y el primer jefe, Venustiano Carranza. La Constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1o. de mayo siguiente. Fue firmada por todos los representantes, entre ellos los miembros de la Mesa Directiva del Congreso.

Esta Constitución está formada de 9 títulos y 136 preceptos; los 29 primeros estatuyen los derechos fundamentales del hombre y forman la denominada parte dogmática; los artículos 27 y 123 consagran las garantías sociales; y los restantes regulan el capítulo geográfico, las formas de gobierna; la división de poderes, la distribución de facultades entre los órganos federal y locales, la supremacía de la Constitución y su inviolabilidad y reciben el nombre de parte orgánica.

Mediante la Constitución de 1917, el presidente se convirtió en «árbitro supremo» del país, al quedar bajo su responsabilidad el hecho de regular las relaciones de propiedad y de trabajo básicas para el funcionamiento del sistema capitalista mexicano, lo cual se logró especialmente por medio de los artículos 27 y 123 constitucionales.

Los artículos en referencia tenían un carácter nacionalista, y se orientaban hacia el rescate de las riquezas del suelo y subsuelo en favor de la Nación, que en una proporción importante estaban controlados por los monopolios extranjeros, sobre todo norteamericanos.

Aun cuando los Estados Unidos intentaron de múltiples maneras evitar la aprobación de la Constitución de 1917 y su orientación eminentemente nacionalista, recurriendo inclusive a las amenazas de intervenciones armadas, la Constitución fue promulgada y puesta en vigor.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg