Periodo de aseguramiento y pago de cuotas

Periodo de aseguramiento y pago de cuotas. (Artículo 26)

• Periodo de aseguramiento: nunca inferior a doce meses.

• Periodo de pago de cuotas:

• Por anualidad adelantada en el mes de la inscripción o renovación.

• Por una sola vez se puede autorizar el hasta tres parcialidades.

• Las parcialidades generan intereses desde que debió efectuar el pago anual hasta que se realice su pago, de acuerdo con C.F.F., debiendo pagarse los primeros 17 días del mes convenido.

• Si no se cubre una parcialidad se suspenden prestaciones.

Obligaciones de someterse a exámenes y estudios. (Artículo 27)

• Sujetos de aseguramiento y beneficiarios deben someterse a exámenes y estudios.

• Previamente al aseguramiento deben llenar un cuestionario médico (en caso de menores, el cuestionario lo llena y lo firma el asegurado).

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg