Trámite de permisos previos de importación y/o exportación documentación complementaria

• Declaración general de pago de derechos y aprovechamientos (SAT-5) únicamente en el caso de importaciones y sus modificaciones.

• En caso necesario, facturas y/o facturas proforma, catálogos y fotografías que permitan identificar la mercancía (para modificaciones copia fotostática de los documentos autorizados en el permiso original).

• Oficio de opinión favorable de la Dependencia correspondiente, en su caso.

• Dos copias fotostáticas de una identificación oficial vigente, con fotografía.

• Constancia de acreditamiento expedida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, original y dos copias. En caso de no contar con este documento, se deberá anexar lo siguiente:

1. Copia del Acta Constitutiva certificada ante notario público, en los casos de personas morales, con el fin de corroborar que la persona que suscribe y tramita la solicitud tiene facultades para ello (sólo en caso de importaciones), se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesado su original. Para exportaciones se debe presentar en copia simple.

2. Si se trata de personas físicas únicamente copia de una identificación oficial vigente, con fotografía.

3. Dos copias fotostáticas de la Cédula de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave.

4. En caso de que el solicitante sea un organismo público, se deberá presentar copia del Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación en donde se acredite a la persona que suscribe y tramita la solicitud y dos copias fotostáticas de una identificación oficial vigente con fotografía del que suscribe y tramita.

En los casos en que la persona que suscribe la solicitud no pueda presentarse a realizar el trámite, se deberán presentar los siguientes documentos:

• Cuando se trate de personas morales, copia certificada ante notario público u original del poder notarial otorgado a favor del gestor y copia certificada ante notario público del acta constitutiva con el fin de corroborar que la persona que otorga el poder tiene facultades para ello (sólo en caso de importaciones y sus modificaciones), se cotejan los originales con una copia fotostática y se regresan al interesado sus originales. Para exportaciones se deben presentar ambos documentos en copia simple.

• En caso de personas físicas, copia certificada ante notario público u original del poder notarial otorgado a favor del gestor (sólo en caso de importaciones y sus modificaciones), se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesado su original. Para exportaciones se debe presentar en copia simple.

En caso de un organismo público, si la persona que tramita la solicitud labora en dicho organismo, deberá presentar un poder simple p ara tramitar. Si el gestor no labora en dicho organismo deberá presentar un poder certificado ante notario público para tramitar tanto para importaciones como para exportaciones, se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesad o su original.

En cualquiera de los casos anteriores se deberán anexar dos copias de una identificación oficial vigente con fotografía del tramitador.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg