Inscripción de licencias de patentes, no registradas ante el IMPI

Vamos a llevar a cabo la adquisición de una licencia para el uso de una patente inscrita en el extranjero, en un país con el que México no tiene celebrado tratado internacional al respecto. ¿Debemos de efectuar algún trámite ante e l Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial?

IDC Como se desprende del artículo 1° de la Ley de la Propiedad Industrial, las disposiciones de dicho ordenamiento aplican en todo el territorio nacional, amén de lo estipulado en tratados internacionales de los que México sea parte, por lo que si la patente sobre la cual se va a conceder la licencia no es competencia del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y tampoco existe tratado internacional celebrado con el país en el que se concedió, ésta no será reconocida y protegida por las leyes mexicanas. Siendo este el caso que nos ocupa, dicho Instituto no tiene antecedente del registro de la patente, estando imposibilitado para inscribir la licencia respectiva o ejercitar acción alguna respecto a ésta por denuncia de la parte afectada.

La propiedad Industrial es una de las dos partes que conforman la propiedad intelectual, la otra es la propiedad autoral que se refiere a los derechos de autor.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg