Trabajo asalariado

Al obtener más conocimientos adquirimos nuevas experiencias, cuestionamos más las acciones y encontramos nuevas inquietudes. Si la preparación, el nivel de cultura y de grados escolares es mayor tendremos mejores oportunidades de conseguir trabajo que esté bien remunerado.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tenemos el artículo 123 que regula el derecho al trabajo, señalando que:

«Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley»

En su fracción III explica que: «Queda prohibido la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas».

Se entiende por trabajo toda actividad humana intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido para cada profesión u oficio.

Cuando una persona inicia una actividad se establece una relación, ésta es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, cualquiera que sea el acto que le dé origen.

Los elementos de la relación de trabajo son:

1. Dos personas, una de las cuales tiene el carácter de trabajador y la otra el de patrono.
2. La prestación de una labor.

3. La subordinación que acompaña a la prestación del trabajo.

4. El salario, la retribución que el patrono debe pagar.

Las condiciones de trabajo son la finalidad suprema de todo derecho del trabajo, individual y colectivo; porque son ellos los que se dirigen en forma inmediata y directa a asegurar una existencia decorosa para el trabajador. Lo relativo a las condiciones de trabajo está resuelto en la Constitución y en le Ley.

Las condiciones de trabajo son las normas de seguridad que se fijan para la defensa de la salud y la vida de los obreros en los lugares en los que laboran y las determinan las prestaciones que deben percibir las personas por su ocupación.

Hemos escuchado que el único patrimonio del trabajador es su salario pero se considera que lo correcto es «el verdadero patrimonio del trabajador es su energía de trabajo» ya que es lo que lleva con él al entrar a laborar a una empresa. Cuando se entrega a otro la energía, la salud y la vida se encuentran aseguradas en el derecho al trabajo; el salario es el elemento que además de asegurar la salud y la vi da permite a la persona elevarse hacia una existencia, legítimamente humana.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg