El pago de la letra

La letra de cambio es un título de crédito representativo de dinero. En ella se consigna una cantidad determinada o determinable de dinero que debe pagarse a su tenedor o beneficiario. Por consiguiente, éste tiene un derecho personal o crédito, que debe satisfacer el o los obligados al pago.

En la actualidad, lo normal es que, al estar domiciliadas en bancos, se presente a una Cámara o sistema de compensación, sin necesidad de hacerlo físicamente.

Los vencimientos más habituales son:

A fecha fija. La letra vence el día que se indica en el documento. Es el vencimiento más habitual.

Su monto de prestación es el día de su vencimiento o en uno de los 2 días hábiles siguientes.

A un plazo contado desde la fecha. Días fecha. Se cuentan los días señalados desde el siguiente del libramiento. Meses fecha. Se cuentan de fecha a fecha.

A la vista. El día del vencimiento es aquel en que el tenedor de la letra decide su presentación al pago, con un límite de un año desde la fecha de libramiento.

A un plazo contado desde la vista. La letra vence al cumplirse los días, meses o años indicados en ella, contados desde la fecha de aceptación o protesto. Deben presentarse a su aceptación dentro del año siguiente a su fecha de libramiento.