El recontra interrogatorio

Concepto

Es el interrogatorio al testigo posterior al re-directo y está limitado a las áreas cubiertas en el re-directo.

En el re-directo se siguen las pautas del contra interrogatorio.

Sólo se realiza cuando es necesario.

Las preguntas están dirigidas a cuestionar la explicación del testigo de la contraparte.

Hay dos formas:

– cuestionando la razonabilidad de la explicación.
– Volver sobre la impugnación original o los datos obtenidos durante el recontra interrogatorio y hacer que el testigo se reafirme.

Si el re-directo es pobre es innecesario el recontra interrogatorio. Ello hay que planteárselo así al juez.

Fuente: Técnicas de litigación oral y aplicación en el proceso penal, autor Christian Salas Beteta.