Límites de velocidad

Los conductores de los vehículos prioritarios podrán circular por encima de los límites de velocidad, sólo con las siguientes condiciones:

-Dirigirse a la prestación de un servicio urgente.
-Llevar puestas en funcionamiento las señales de emergencia luminosas (rotativos) y acústicas (sirena).
-Cerciorarse, en cada momento, de no poner en peligro a ningún usuario de la vía.

Si no se va a un servicio urgente o si no se llevan en funcionamiento los rotativos y la sirena, deben cumplirse las normas de tráfico como cualquier otro conductor.

Fuente: Manual S.E.P.E.I. de Bomberos, Publicaciones de la Diputación de Albacete