Sentido de la circulación en autopistas y autovías

En autovías o autopistas, los vehículos prioritarios podrán dar media vuelta o marcha atrás, penetrar en la mediana o en los pasos transversales, con carácter excepcional y siempre que:

-Se dirijan a la prestación de un servicio urgente.
-Se lleven en funcionamiento las señales de emergencia luminosas (rotativos)
y acústicas (sirena).
No comprometan la seguridad de ningún usuario de la vía.

Además, en autovías o autopistas, podrán circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada con carácter excepcional y siempre que, además de cumplir las condiciones anteriores, lo hagan por el arcén.

Fuente: Manual S.E.P.E.I. de Bomberos, Publicaciones de la Diputación de Albacete