| :: Ficha Técnica del Recurso: |
Nombre: Ley para regular las sociedades de información crediticiaFormato del Recurso: Archivo en Word Valoración: - De Navegación: Buena - De Contenido: 10 de 10 Descripción
Ley para regular las sociedades de información crediticia.
Detalles
LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA
NOTA
REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION 15 DE ENERO DE 2002
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo Primero
Este decreto entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo por lo dispuesto en los Artículos Transitorios Segundo y Tercero siguientes.
Artículo Segundo
Las Sociedades y las Entidades Financieras tendrán un plazo de seis meses para ajustar sus sistemas y estructuras a lo previsto en el presente decreto.
Artículo Tercero
El plazo de treinta días naturales a que se refiere el artículo 44 de la presente ley, entrará en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2004. En ningún caso podrá exceder de 60 días a partir de entrada en vigor la presente ley. El Banco de México, mediante disposiciones de carácter general, emitirá un programa en el que se dé a conocer el mecanismo gradual para reducir el plazo de respuesta de los Usuarios, a fin de que éstos efectúen las adecuaciones a sus sistemas y se cumpla con lo señalado en el citado precepto legal...
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