| :: Ficha Técnica del Recurso: |
Nombre: Sobre asuntos religiososFormato del Recurso: Página Web Valoración: - De Navegación: Buena - De Contenido: 9 de 10 Descripción
La necesidad de garantizar plenamente la libertad religiosa en nuestro país y lograr la concordancia debida entre nuestro régimen de derecho y la realidad existente, fueron motivos suficientes para reformar los artículos 3º, 5º, 24, 27 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referentes a cuestiones religiosas.
Detalles
Esas reformas aprobadas por el Congreso de la Unión, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1992.
En concordancia con estas reformas constitucionales, se publicó la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público el 15 de julio de 1992.
Esta Ley secundaria, reglamentó los cambios constitucionales, garantizando derechos individuales en materia religiosa, al amparo de nuevas relaciones entre el Estado y las Iglesias.
·También definió la naturaleza, constitución y funcionamiento de las Asociaciones Religiosas como entidades jurídicas que representan a las Iglesias; permitiendo su registro constitutivo para poder ser reconocidas con personalidad jurídica, capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones...
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