Valores y justicia

Así pues, el meollo del problema sobre la justicia no consiste en definir el valor formal de justicia – igualdad, equivalencia, proporcionalidad-, ni en afirmar, lo cual es correcto, que se debe dar a cada quien lo suyo. La médula de la cuestión consiste en otra cosa: consiste en indagar la jerarquía de los valores según los cuales se deba establecer la equivalencia y la proporcionalidad en las relaciones interhumanas y en las relaciones entre el individuo y las colectividades, incluyendo al Estado, así como entre éste y las sociedades menores.

En primer lugar hay que determinar los valores supremos que en todo caso deben inspirar al Derecho,es decir, los valores que dan lugar a normas o ideales de carácter general, aplicables a todo caso y a toda situación, siempre y en todos los lugares. Entre esas ideas, por ejemplo, figura sin duda la dignidad moral del ser humanoes decir, el principio de que el individuo tiene un fin propio que cumplir, finintransferible, privativo – debiendo, por lo tanto, ser tratado siempre en calidad de persona digna-; y los corolarios que de esto dimanan, es decir, el principio de la libertad individual, como esfera de autonomía para decidir sobre el cumplimiento de la misión o tarea individual en la vida; así comoel principio de laparidad fundamental ante el Derecho.

En segundo lugar, hay que averiguar qué otros valores pueden y deben normar la elaboración del Derecho en determinados casos, y supuestas unas ciertas condiciones; y esclarecer los nexos de esos valores con los primeros.

Valgan como ejemplo de esos valores: los de carácter económico – en la medida en que bajo determinadas condiciones y sobre ciertos supuestos, el ordenamiento jurídico pueda y deba contribuir al fomento de la prosperidad material -; los valores científicos – en tanto que, verbigracia, una ley de sanidad deba inspirarse en los resultados de la medicina y de la higiene; los valores técnicos – que vendrán en cuestión para contribuir a la orientación verbigracia de una ley de obras públicas -; los pedagógicos – para inspirar una ley de educación pública -; los valores estéticos – para una ley de ornato urbano o para una ley de conservación del patrimonio artístico -.

En tercer lugar, se deberá esclarecer qué valores, a pesar de serlo y aun de ocupar un alto rango en la jerarquía axiológica, en ningún caso y de ninguna manera pueden ser transcritos en las normas jurídicas; como, por ejemplo, los valores de la santidad, los relativos a la fe religiosa, los cuales, aunrepresentando elevadas cimas, no cabe traducirlos en normas de Derecho, porque sólo pueden obtener cumplimiento por libre decisiónde la persona y jamás por imposición; y, además, porque si se intentase esto – aparte del absurdo y de la estupidez que ello entrañaría- constituiría un máximo agravio a la libertad, la cual es solidaria de la dignidad moral del ser humano.

En cuarto lugar, habrá que inquirir las leyes de la relación, combinación e interferencia de las valoraciones que confluyan en cada uno de los tipos de situaciones sociales.

En quinto lugar, será necesario estudiar los modos de realización de los valores jurídicos; y, por fin, además, una serie de cuestiones solidarias yadyacentes de las mencionadas.