La función de la conciencia

El hombre como ser consciente tiene una percepción de la realidad y de su valor. Afirma el valor y lo vincula con su acción, al mismo tiempo rechaza el antivalor. Así, por ejemplo, al colaborar en una tarea común, afirma y hace suyos los valores de la colaboración y de la solidaridad y los antepone a la pereza o al egoísmo.

De su conciencia y de la percepción de la realidad surge la obligación, que es un imperativo ético. El hombre no crea los valores, sino que los descubre, tampoco crea sus obligaciones, sino que las advierte, haciéndose consciente de ellas. El deber surge de la percepción de la realidad, y de lo que el hombre desea que sea. Surge del ser y del deber ser. El deber es la expresión de la tensión interna entre el ser y sus aspiraciones y posibilidades.

Como ser consciente, la persona juzga sus actos. Esta función de la conciencia se ha visualizado con los distintos elementos de un juicio: el testigo, el acusador, el juez, la culpa, la ley, el verdugo, el castigo, etc. El juicio emitido por la conciencia puede ser de asentimiento, o de reprobación y condena.

(García de Alba, Juan Manuel: Ética Profesional, Págs. 120-121)

Dentro de la conciencia debemos distinguir, pues, conciencia psicológica conciencia moral; esta última presupone la primera. Cuando decimos que alguien está consciente o no de lo que hace, nos referimos a la conciencia psicológica. Ésta, por consiguiente, consiste, en “darnos cuenta de lo que hacemos” y su función s e reduce a presenciar y dar testimonio de lo que el sujeto hace, sin opinar al respecto. Ella contempla y nada más.

La conciencia moral añade otras dos funciones a la conciencia psicológica:valorar y ordenar. Estas funciones se pueden referir a conductas presentes, pasadas y futuras. Respecto de las segundas, la conciencia moral opina y aprueba o reprueba; en cuanto a las primeras, opina y ordena que se continúen o se interrumpan; en relación con las terceras, opina y permite o prohibe que se realicen.

Cualquiera que sea el acto que ejecutemos o pretendamos efectuar, nuestra conciencia moral ejercerá su función valorativa imperativa. Habrá casos en que tengamos información acerca de las normas que conviene tener en cuenta; pero, aun cuando no conozcamos la norma moral existente, la conciencia moral realizará sus funciones, porque en nosotros existe una ética natural, o sea, un conocimiento no reflexivo de los principios morales fundamentales; por ejemplo, respetar la vida de los demás, cumplir lo que se promete.

A la pregunta ¿qué es la conciencia moral?, podemos responder: es una función del entendimiento práctico. Nuestro entendimiento es teórico cuando trabaja simplemente para conocer la verdad; pero, cuando investiga con la finalidad de orientar nuestras acciones, es práctico.

Cuando investigamos qué es la calumnia y en qué circunstancias deberá castigarse o autorizarse, trabajamos con el entendimiento teórico; pero, si tratamos de apreciar si determinada acción nuestra fue calumnia o no, entonces empleamos nuestra conciencia moral o entendimiento práctico. De acuerdo con lo anterior,a la conciencia moral es el juicio emitido por el entendimiento práctico o es el propio entendimiento práctico.

El juicio emitido por el entendimiento –teórico o práctico- normalmente es la conclusión de un razonamiento. El juicio que pronuncia la conciencia moral tiene que ser el resultado de un proceso deductivo natural, que tal vez no esté elaborado con todas las reglas de la lógica reflexiva o científica; pero que contendrá sus elementos básicos. La conciencia debe partir de un principio moral y, después de juzgar su propia acción a la luz de éste, concluirá si dicha acción debe aprobarse o reprobarse. Así, las promesas deben cumplirse: yo prometí algo y no lo cumplí; luego, lo que yo hice no debe ser. (Chávez Calderón, Pedro: Ética, Págs. 53-54)