Derechos sobre un bien pagado por cuotas

Los derechos de propiedad sobre un bien comprado a plazos sólo se adquieren al pagar la última cuota. Con frecuencia, es necesario determinar en algún momento, dentro del proceso de pago, la parte que corresponde al comprador y la parte del vendedor.

Para estos casos la ecuación de equivalencia se hace con los mismos factores convenidos en la deuda y queda así:

Parte amortizada + saldo insoluto = precio de venta

La parte amortizada es el derecho del comprador y el saldo insoluto es el derecho que le corresponde al vendedor; por esto la igualdad anterior puede establecerse así:

Derechos del comprador + derechos del vendedor = precio de compra

Fuente: Apuntes de Finanzas de la UNIDEG