Problemas de relaciones laborales

Además de los ya apuntados asuntos del ejercicio de la preferencia, existe cada vez más la conquista por los sindicatos de la potestad escalafonaria; es decir, los patrones han abdicado de participar de forma mixta en las decisiones de escalafón, y por ello los sindicatos han sacado del contrato colectivo la regulación consecuente.

Esta debe figurar en los estatutos. El caso sirve, además, como un ejemplo claro de que los estatutos son fuente de derecho objetivo, invocable por los trabajadores, por patrones y por terceros, en conflictos laborales (o de otra índole).

También preocupa aquí el orden en que deben ser propuestos internamente los candidatos, socios del sindicato, a los puestos vacantes o de nueva creación.

La preferencia de la ley obliga a los patrones. ¿También a los sindicatos? Creemos que sí, por haber la misma razón, aunque los supuestos de preferencia interna sindical pueden ser muchos, entre ellos el del parentesco con los socios fallecidos, o con los jubilados, situaciones que pueden representar casos de necesidad en los que precisamente la justicia del conjunto debe hacerse presente.