División doctrinaria de la huelga

A la anterior clasificación de la huelga en la Ley Federal del Trabajodebemos agregar las siguientes clases de huelga que nos ofrece la doctrina del Derecho del Trabajo.

a) Por la finalidad, los movimientos son:

– Huelga defensiva, cuando los trabajadores la oponen a las prestaciones injustas del patrón.

– Huelga ofensiva cuando se desencadena para obtener nuevas ventajas en favor de los trabajadores.

b) Por el aspecto económico:

– Huelga económica, aquélla que tiene por objeto el mejoramiento económico de los trabajadores.

– Huelga política, aquélla cuya finalidad es cambiar el régimen político-social.

– Huelga revolucionaria es la que se inspira en la teoría obrero-marxista.

c) Por la extensión del movimiento: 

– Huelga particular es la que estalla en un solo centro de trabajo, empresa.

– Huelga nacional, cuando afecta a una industria o rama de industrias en el país entero.

– Huelga general es aquélla que paraliza a todas las actividades económicas de un país. Huelga internacional, la que estalla en varios países por simpatía de unos sindicatos o centrales obreras con los sindicatos o centrales de otros países.

d) Por la táctica obrera de lucha: 

– Huelga escalonada o progresiva es aquélla en la que gradualmente diferentes sindicatos con cierto intervalo de tiempo van suspendiendo sus labores.

– Huelga relámpago, que finca su fuerza en su presentación de improviso.

– Huelga o manifestación, la realizada con, una duración muy breve, como demostración de fuerza.

– Huelga, advertencia, realizada a breve duración por los trabajadores de una fábrica, para amenazar al patrón con la huelga definitiva.

– Huelga al detalle, consiste en el desplazamiento perpetuo de los trabajadores, con incalculables pérdidas para el patrono.

– Huelga de brazos caídos, o «grave perlee», aquélla en que los trabajadores suspenden sus labores, pero sin abandonar el centro de trabajo.

Naturalmente, de estos diferentes tipos de movimientos huelguísticos, casi ninguno de ellos se encuentra legalizado por nuestras leyes de trabajo.