Denominación de venta del alimento y contenido neto de la miel

Denominación de venta del alimento: Debe figurar la denominación y la marca del alimento.

Contenido neto: En caso de tratarse de una miel sólida debe ser comercializada en unidades de masa, si se presenta en forma líquida puede optarse por comercializarla en unidades de volumen.

Fuente: Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. Argentina.