| :: ¿Cuales son las obligaciones de los comerciantes? |
Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados.
- A la publicación, por medio de la prensa, de la calidad mercantil; con sus circunstancias esenciales, y en su oportunidad, de las modificaciones que se adopten; - A la inscripción en el registro publico de comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios;
- A mantener un sistema de contabilidad conforme al articulo 33.
- A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante
No pueden ejercer el comercio:
I.- Los corredores;
II.- Los quebrados que no hayan sido rehabilitados;
III.- Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.
Fuente: Código de comercio.
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