| :: Ficha Técnica del Recurso: |
Nombre: Elementos de los Crímenes - Corte Penal InternacionalFormato del Recurso: Página Web Valoración: - De Navegación: Buena - De Contenido: 8 de 10 Descripción
Genocidio. Crímenes de lesa humanidad. Crímenes de guerra.
Detalles
1. De conformidad con el artículo 9, los siguientes Elementos de los Crímenes ayudarán a la Corte a interpretar y a aplicar los artículos 6, 7 y 8 en forma compatible con el Estatuto. Serán aplicables a los Elementos de los Crímenes las disposiciones del Estatuto, incluido el artículo 21, y los principios generales enunciados en la Parte III.
2. Como señala el artículo 30, salvo disposición en contrario una persona será penalmente responsable y podrá ser penada por un crimen de la competencia de la Corte únicamente si actuó con intención y conocimiento de los elementos materiales del crimen. Cuando no se hace referencia en los Elementos de los Crímenes a un elemento de intencionalidad para una conducta, consecuencia o circunstancia indicada, se entenderá aplicable el elemento de intencionalidad que corresponda según el artículo 30, esto es, la intención, el conocimiento o ambos. A continuación se indican excepciones a la norma del artículo 30 sobre la base del Estatuto y con inclusión del derecho aplicable en virtud de las disposiciones del Estatuto en la materia.
3. La existencia de la intención y el conocimiento pueden inferirse de los hechos y las circunstancias del caso.
4. Con respecto a los elementos de intencionalidad relacionados con elementos que entrañan juicios de valor, como los que emplean los términos "inhumanos" o "graves", por ejemplo, no es necesario que el autor haya procedido personalmente a hacer un determinado juicio de valor, a menos que se indique otra cosa...
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