Acción Cambiaria
Derecho que se tiene a pedir en juicios lo que se nos debe. Procesalmente, es la facultad de acudir a una autoridad judicial para exigir que realice la conducta omitida. Es la acción ejecutiva proveniente de un título de crédito que compete al acreedor cambiario para exigir judicialmente del deudor, el cumplimiento de una obligación cartularia.
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