Testamento Maritimo
El hecho a bordo de un buque de guerra o de un barco mercante , o con ocasión de naufragio. El código civil admite las tres clases de testamentos comunes; el olografico, el abierto y el cerrado que se entrega a esa autoridad con la firma propia. El otorgado con menores solemnidades que el ordinario por la persona que se hallo a bordo de una nave en viaje. Testamento especial otorgado por cualquiera de las personas que vayan a bordo de un buque. La participación en una guerra configura circunstancias especiales que en cierta medida pueden se equipadas con las que pueden derivar de un viaje por el mar. La navegación en alta mar determina muchas veces la imposibilidad de recurrir a las formas contempladas por la ley como normales para la expresión de la ultima voluntad. La ley facilita también el acto de testamento a quienes se encuentran en un viaje por mar y determina a si mismo su capacidad de caducidad.
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