Persona Moral
Entidad formada para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a la que el derecho objetivo reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.
El Artículo 25 del Código Civil dice que son personas morales:
I. La Nación, los Estados y los Municipios;
II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la Ley;
III. Las Sociedades Civiles y mercantiles;
IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 constitucional.
V. Las sociedades cooperativas y mutualistas, y
VI. Las Asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan con fines políticos, científicos, artísticos, o con cualquier otro fin licito, siempre que no fueran desconocidas por la ley.
Toda persona moral de Derecho Privado que no se proponga el lucro se denomina asociación civil.
Y la Sociedad mercantil es una persona moral que se forma para especular con actos de comercio con la mira de lograr utilidades entre sus socios que aportan su dinero y talento para alcanzar sus fines.
Tipos de sociedad:
- Sociedad en nombre colectivo
- Sociedad en comandita simple
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad anónima
- Sociedad en comandita por acciones
- Sociedad Cooperativa
- Asociación en participación
[ Volver Atrás ]Diccionario de Derecho |