Propiedad Municipal
Son los bienes patrimoniales, derechos y obligaciones, de que dispone el municipio para el cumplimiento de sus atribuciones y sobre los cuales ejerce administración y dominio a través de dos órganos: uno colegiado, el ayuntamiento, el cual tiene facultades de decisión y el otro unitario, que es el presidente municipal, a quien se le atribuyen funciones ejecutivas para dar cumplimiento a las decisiones del ayuntamiento. Forman parte de la propiedad municipal: calles, parques, jardines públicos, alcantarillado, edificios o casas municipales, lotes, cementerios, entre otros, a través de los cuales se satisface las necesidades esenciales de la población municipal.
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